Gestión de seguros

Para que su tranquilidad al hacer su envío sea total, en NACEX le ofrecemos una amplia gama de posibilidades y seguros de mercancías.

Seguro de mercancías

Seguro aplicable exclusivamente a mercancías.
Las expediciones de documentación son asegurables por el valor de la impresión, nunca por el valor de creación o realización. La indemnización de la mercancía dependerá de los criterios adoptados por la compañía de seguros, siendo generalmente por el valor venal o coste, no por el valor de venta, dependiendo de cada caso.
La indemnización de la mercancía usada siniestrada durante el transporte, sufrirá la depreciación correspondiente. Asimismo, las reclamaciones de las mercancías dañadas se efectuarán por su valor de reparación quedando a decisión de la compañía el aplicar el punto anteriormente indicado.


TABLA DE DEPRECIACIÓN

Mercancía con antigüedad Depreciación aplicada
Menor a 1 año 0%
De 1 a 2 años 20%
De 2 a 3 años 40%
De 3 a 4 años 60%
De 4 a 5 años 60%
De 5 a 6 años 80%
Superior a 6 años 100%

Los porcentajes de depreciación pueden variar, en función del tipo de mercancía transportada y en aquellos casos que es necesaria la intervención de un perito de la Compañía.

  • COBERTURA INCLUIDA

La indemnización a percibir mediante este tipo de cobertura no podrá ser nunca superior al valor de la mercancía transportada.


TERRESTRE:

  NACIONAL:
Cumpliendo con la responsabilidad exigida por la LEY 15/2009 de 11 de noviembre del Contrato de Transporte de Mercancías, se establece una indemnización máxima al cliente, en caso de siniestro, de un tercio del IPREM/día (Indicador Público de Renta por Efectos Múltiples) por kilogramo de peso bruto de mercancía perdida o averiada.
INTERNACIONAL:
Según establece el C.M.R., (Convention relative au contrat de transport international de Marchandises par Route), en caso de siniestro se indemnizará al cliente con 10 € por kg transportado siniestrado.

AÉREO:

  NACIONAL/INTERNACIONAL:
En las expediciones por vía aérea, se indemnizará al cliente con 20$ por kg transportado hasta un máximo de 100$ por el seguro obligatorio IATA (International Air Transport Association).

 

  • SEGURO MERCANCÍA OPCIONAL

UNIÓN EUROPEA, ANDORRA Y SUIZA
GENERAL:

 

MERCANCÍA GENERAL HASTA 3.000 €

Tasa: 8% sobre el valor de los portes (hasta un máximo de 3.000 € por expedición).
Para todos aquellos servicios de contenido mercancía general, de la que se encuentran excluidas de cobertura:
General
  •  Metales preciosos,   •  Artículos de promoción,
•  Joyería, •  Obsequios/regalos,
•  Relojería (incluso plástico), •  Enseres/objetos personales,
•  Bisutería, •  Jamones y embutidos curados,
•  Objetos de valor excepcional y/o antiguos, •  Mudanzas,
•  Obras de arte, •  Colecciones de monedas y sellos,
•  Muestrarios comerciales, •  Telefonía móvil y sus accesorios,
•  Armas y sus accesorios.    
 

INDIVIDUAL TIPO A
MERCANCÍA GENERAL SUPERIOR A 3000 €
Tasa: 0,60% sobre el valor de la mercancía.
Máximo 5.000 €* por expedición.
(Relojería: máximo 600 € por expedición).
Prima mínima 1,50 €.
Para todos aquellos servicios de contenido mercancía general y la detallada a continuación:
  •  Mercancía de valor superior a 3.000 €   •  Mudanzas
(con franquicia de 300,50 €)
De la que se encuentran excluidas de cobertura:
  - Metales preciosos
  - Joyería
  - Bisutería y relojería que contenga metales finos, piedras preciosas o semipreciosas
  - Relojería por valor superior a 600 €
  - Objetos de valor excepcional y/o antiguos
  - Obras de arte y colecciones de monedas/sellos
  - Telefonía móvil y sus accesorios
  - Armas y sus repuestos o accesorios.
•  Muestrarios comerciales
•  Artículos de promoción
•  Obsequios/regalos
•  Bisutería y relojería que no contenga metales finos, piedras preciosas o semipreciosas
•  Enseres/objetos personales (maletas, bicicletas, baúles...)
•  Jamones y embutidos curados
 

INDIVIDUAL TIPO B
(excluido INTERNACIONAL, a excepción de Andorra y Portugal)
JOYERÍA
Tasa: 1,60% sobre el valor de la mercancía.
(Máximo 5.000 €* por expedición).
Prima mínima 1,50 €.
Para todos aquellos servicios de contenido: Joyería, bisutería y relojería que contenga metales finos, piedras preciosas, semipreciosas, así como la relojería de valor superior a 600 €.
 

INDIVIDUAL TIPO C
TELEFONÍA MÓVIL Y ACCESORIOS
Tasa: 0,30% sobre el valor de la mercancía.
(Máximo 5.000 €* por expedición).
Prima mínima 1,50 €.
Para todos aquellos servicios de contenido telefonía móvil y accesorios.
 

INDIVIDUAL TIPO D
(excluido INTERNACIONAL, a excepción de Andorra y Portugal)
MERCANCÍA ESPECIAL
Tasa: 1,50% sobre el valor de la mercancía.
(Máximo 5.000 €* por expedición).
Prima mínima 1,50 €.
Para todos aquellos servicios de contenido mercancía especial, como son:
•  Objetos de valor excepcional y/o antiguos
•  Obras de arte y colecciones de monedas y sellos
 

INDIVIDUAL TIPO E
(Para envíos España peninsular)
ARMAS, MUNICIÓN, ACCESORIOS Y REPUESTOS
Tasa: 0,60% sobre el valor de la mercancía.
(Máximo 5.000 €* por expedición).
Prima mínima: 1.50 €
Para todos aquellos envíos de contenido de armas, munición, accesorios y repuestos.


*Para recogidas y/o viajes máximo cobertura de 10.000 €

MERCANCÍAS EXCLUIDAS DE COBERTURA DE SEGUROS

  • Mercancías con insuficiencia de envase y embalaje
  • Mercancías o artículos peligrosos y las prohibidas por Ley
  • Material corrosivo o inflamable, material explosivo, material venenoso...
  • Animales vivos, plantas vivas
  • Productos perecederos
  • Mercancías que precisen frío para su conservación
  • Carnes, pescados o mariscos frescos o congelados
  • Mercancías averiadas
  • Mármoles y minerales en plancha
  • Vidrio plano
  • Documentos y fotocopias de cualquier tipo
  • Billetes de avión u otro transporte
  • Entradas de espectáculo, conciertos, fútbol...
  • Dinero en cualquiera de sus variedades, metálico, billetes de banco, efectos comerciales o bancarios
  • Títulos y cupones de valores mobiliarios
  • Loterías, quinielas
  • tarjetas de recarga para móviles, tarjetas pre-pago, tarjetas crédito o similares...
  • Trabajos realizados
  • Mercancías sin valor comercial
  • Documentos y mercancías que poseen un valor superior a la mercancía en sí

RESTO DE DESTINOS INTERNACIONALES:
SEGURO ADICIONAL
Tasa: 4,50 € + 1% valor declarado.
(Consultar con su agencia).

INMEDIATO / DIRECTO
Servicio excluido de seguro de mercancías. Consultar con su agencia.

Tramitación de reclamación del seguro



La reclamación por daños y averías que sufran las mercancías transportadas, deberá hacerse en 7 días naturales siguientes al recibo de las mismas, salvo que el daño fuera evidente en el momento de la recepción de éstas, en cuyo caso, la reclamación deberá hacerse en el momento de la recepción de las mercancías. (Art. 60 LEY 15/2009 de 11 de noviembre del Contrato de Transporte de Mercancías).
Una vez formalizadas dentro del plazo las reclamaciones y las acciones señaladas, derivadas del contrato de transporte prescribirán al año. (Art. 79 LEY 15/2009 de 11 de noviembre del Contrato de Transporte de Mercancías).
 
Gestión de tramitación

Para una correcta gestión en la tramitación de los seguros de Cobertura Opcional se debe tener en consideración los siguientes puntos:
  La reclamación de cualquier siniestro detectado en la mercancía transportada deberá realizarse a la agencia NACEX
 
1.  En el momento de la recepción de la mercancía, anotando las oportunas reservas en el albarán de entrega o,
2.  En los siguientes 7 días naturales mediante carta.
3.  Los siniestros por rotura cuyo importe es superior a 1000 €, se precisa de un trámite pericial, cuyo requerimiento se debe solicitar en un plazo de 24 horas desde la comunicación realizada dentro del plazo indicado anteriormente (puntos 1 y 2).
 
  El cliente debe aportar para la posterior tramitación a la compañía aseguradora,
 
1.  Carta de reclamación de daños
2.  Fotocopia de la factura comercial de la totalidad de la mercancía enviada (de no disponer de este documento y se aportase cualquier otro al indicado con anterioridad, la compañía de seguros podría deducir un 20% del importe señalado)
3.  Factura o nota de cargo por el importe de la mercancía siniestrada.
4.  En caso de rotura, presupuesto de reparación de la mercancía dañada.
La compañía se reserva el derecho de solicitar documentación complementaria y/o aclaratorios si el trámite así lo requiere.
Es imprescindible la aportación, en su totalidad, de la documentación anteriormente indicada para proceder a la tramitación de cualquier siniestro.
Dicha documentación deberá hacerse llegar a la agencia NACEX en un plazo máximo de 30 días desde la comunicación del siniestro.
 
  Como norma general, la agencia NACEX indemnizará al término de las investigaciones y peritaciones oportunas en un plazo aproximado de 90 días, a partir de la aceptación de la avería por la Compañía de Seguros, con la conformidad del Comisario de Averías, si el siniestro así lo requiere. Hay que tener en cuenta que los peritajes de mercancía son contratados, no pertenecen a la compañía de seguros. En estos casos el trámite suele demorarse, viéndose afectado el plazo para la indemnización del siniestro. El importe de indemnización será determinado en base a la valoración realizada por el comisario de averías. Lo mismo ocurre en los siniestros masivos cuyo plazo no es posible determinar debido a la magnitud del suceso (robo o accidente de ruta).
Es responsabilidad del cliente embalar de manera adecuada las mercancías transportadas; en caso contrario, la compañía aseguradora puede rechazar la reclamación del siniestro.

Por lo expuesto anteriormente, el transporte de mercancías realizado a través de nuestra empresa NACEX, se realiza con total conocimiento por parte del cliente de las condiciones generales y particulares de la póliza de seguros y con los riesgos cubiertos y las cuantías indemnizatorias previstas en la misma eximiéndonos de cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios que pudiera acarrear la pérdida, deterioro, retraso, hurto o robo de los envíos que nos sean entregados y que no resulten cubiertos por la póliza de seguros contratada.